martes, 5 de enero de 2010

LO QUE SE VIENE EN MATERIA LABORAL.

Habiendo iniciado un nuevo año, conviene realizar algunos comentarios de lo que, a nuestro entender, serán los hechos de mayor relevancia que marcarán los primeros meses del presente año en materia laboral.

El primer acontecimiento de gran importancia es, sin duda alguna, la aprobación en el Congreso de la Ley Procesal del Trabajo, norma que a la fecha de elaboración del presente comentario aún no ha sido promulgada por el Poder Ejecutivo. La principal virtud de dicha Ley radica en el rol protagónico del Juez en el proceso laboral y su necesario involucramiento con el mismo, al disponerse que el magistrado deba impulsar el proceso, participando activamente en las audiencias que son fundamentalmente orales. En suma, será indispensable que el Juez conozca profundamente el expediente y, qué duda cabe, dedique parte importante de su tiempo al mismo, a efectos de asumir el rol de conductor del proceso que la Ley exige. Para ello será importantísimo que se estructure un plan de descarga procesal de los órganos jurisdiccionales que pasará por la asignación de un mayor presupuesto al Poder Judicial y la verificación que éste sea empleado para dicho fin. Resultará necesario también capacitar a los magistrados y operadores jurídicos en general en la aplicación de la nueva norma procesal. No es suficiente aprobar una norma que tenga por objetivo agilizar los procesos laborales sino que la misma deberá ser aplicada en forma gradual y ordenada atendiendo a nuestra realidad, pues de lo contrario quedará como un interesante experimento de laboratorio.
Otro acontecimiento importante es el Proyecto de Ley de protección y garantía a las remuneraciones, aprobado por el Consejo de Ministros y que será enviado al Congreso para su debate, el cual obliga a las empresas de diez trabajadores o más a depositar las remuneraciones de sus empleados en una entidad financiera. Durante los primeros diez días hábiles de iniciada la relación laboral, el trabajador tendrá que comunicar al empleador en que entidad financiera deberá depositar sus remuneraciones, vencido el citado plazo, será el empleador quien decidirá ello.
Este medio de pago de las remuneraciones, que ya viene siendo aplicado por algunos empleadores, resulta positivo en la medida que se podrá garantizar que el trabajador reciba el íntegro de su remuneración, pudiendo también aquél acceder a líneas de crédito u otras fuentes de financiamiento por las entidades bancarias. Sin embargo, consideramos indispensable que este sistema no genere costo alguno al trabajador y que su remuneración se encuentre a su entera disposición en la oportunidad fijada para su pago. Asimismo, el empleador tampoco deberá asumir costo alguno, debiéndose también tenerse en cuenta la realidad nacional, toda vez que existen lugares en el Perú donde no existen instituciones financieras.
Un hecho adicional es el altamente probable incremento de las inspecciones laborales en nuestro país. En los últimos años hemos presenciado un aumento en la cantidad y calidad de las visitas inspectivas en razón al mayor número de inspectores laborales y su mejor capacitación. Creemos que esta será la tendencia para el presente año y esperamos que la mejora no sólo comprenda a Lima sino también a los Gobiernos Regionales de todo el país.
Como lo ha señalado el Ministerio de Trabajo en su portal web, el número de trabajadores sindicalizados durante el año 2009 ascendió a 93,760, tendencia que en nuestra opinión se mantendrá, debido fundamentalmente a la mejora en la legislación sindical, la facilitación de los trámites administrativos sindicales, las inspecciones laborales sobre la materia y las disposiciones sobre tutela procesal sindical que se pondrían en ejecución con la nueva Ley Procesal del Trabajo, de entrar la misma en vigencia. Esperamos que el sindicalismo mantenga una actitud responsable y constructiva, sin caer en caudillismos ni posiciones absurdas que afecten irrazonablemente la continuidad empresarial.
Adicionalmente, en el presente año se fortalecería la responsabilidad social empresarial, y en particular la relativa a la materia laboral, a partir del diseño de un Plan Nacional de Responsabilidad Social Empresarial. Los componentes de dicho Plan Nacional son el fomento de las buenas prácticas laborales mediante la certificación de las empresas que las apliquen. Según la titular del sector Trabajo, “el objetivo de la certificación es reconocer a las empresas que demuestren mejores y creativas prácticas de responsabilidad socio laboral, promoción y defensa de los derechos de los trabajadores y un adecuado clima laboral que contribuya a la productividad”. Hacemos votos porque este Plan se materialice efectivamente el presente año y se reconozca a los mejores empleadores, así como se sanciona a quienes incumplen sus obligaciones laborales.


No hay comentarios:

Publicar un comentario